viernes, abril 19

DENGUE EN LA CIUDAD

La evidencia de la profunda crisis y del acceso desigual a los servicios públicos sanitarios


Uno de los aspectos que profundiza la desigualdad socio-urbana, es  la falta de servicios públicos sanitarios para los habitantes de las villas porteñas. Los habitantes de las villas, un sexto de la población de la CABA , tienen públicos  servicios precarios y deficientes, que no les garantizan la salud y les generan  pérdidas económicas.
El servicio público de agua y saneamiento en la Ciudad se encontraba privatizado desde la década de los ´90 hasta el año 2006, cuando se otorgó la concesión a la empresa AySA S.A., cuyo capital pertenece en un 90% al Estado Nacional y en un 10% a los empleados. AySA tiene la obligación de prestar los servicios de agua potable y desagües cloacales a todo inmueble comprendido dentro de las Áreas Servidas(1) o de Expansión (2) de los límites de la concesión. Las villas de la Ciudad se encuentran dentro del área de concesión de la empresa AySA, pero en los hechos, ésta únicamente presta el servicio público de distribución de agua potable y saneamiento hasta las periferias de las mismas. De acuerdo a lo que establece el marco regulatorio de la prestación del servicio público por parte de la empresa AySA: «serán considerados usuarios de los servicios de agua potable y desagües cloacales los propietarios, copropietarios, poseedores o tenedores de inmuebles que linden con calles de carácter público». Este ha sido el argumento esgrimido por AySA para no prestar el servicio en los asentamientos informales donde las calles y pasillos internos no se encuentran reconocidos formalmente como vías públicas. AySA únicamente se encarga de habilitar bocas de conexión en sus redes principales para que los habitantes de las villas puedan conectar la red interna de agua y cloaca.
La mayoría de las redes internas sanitarias y pluviales en los barrios fueron ejecutadas y costeadas por los propios habitantes de las villas de manera precaria sin ningún tipo de apoyo o asesoría técnica. La infraestructura con la que cuentan las villas no responde a planes integrales de urbanización ni respeta la profusa normativa local, nacional e internacional vigente. Todo esto determina que la infraestructura básica se encuentre completamente colapsada. La calidad del agua que consumen los habitantes de las villas no es controlada por ningún organismo estatal.
Por lo tanto quienes viven en las villas y no poseen suficientes recursos económicos para comprar agua envasada se encuentran destinados a consumir agua no segura. Por otro lado, la ausencia de adecuados sistemas pluviales, el desborde de las precarias cámaras cloacales, la conexión de los conductos cloacales a pluviales existentes y la presencia de  suelos contaminados, determina que cada vez que llueve los habitantes de las villas se inunden con agua de lluvia contaminada con líquido cloacal, metales pesados y sustancias peligrosas.
Miles de habitantes de las villas de la CABA pasan largos períodos sin poder acceder al agua potable. Mujeres y niños recorren distancias significativas para aprovisionarse de agua. Transportan y almacenan en cacerolas, cacharros y baldes agua de dudosa calidad, con el consecuente riesgo sanitario que se constata en la ocurrencia de enfermedades asociadas al agua, como diarreas, enfermedades de la piel, forúnculos, a las cuales ahora se suman los cientos de casos de infectados por el virus del dengue.
El Jefe de Gobierno de la CABA Horacio Rodríguez Larreta, el Secretario de Obras Públicas Daniel Chain y a todos los funcionarios responsables del desarrollo de las políticas sanitarias, tienen la obligación de:

  • Garantizar la entrega de los estudios y realizar el correspondiente seguimiento a los pacientes que han contraído el virus del dengue.
  • Realizar la entrega inmediata de agua potable envasada en todas las villas de la CABA donde no se garantice el suministro continuo de agua potable para evitar el almacenamiento de agua en cacerolas y baldes (2 litros de agua potable envasada por día por persona tal como AySA viene realizando hace 7 meses en sectores de la Villa 21-24 de Capital).
  • Modificar el contrato de concesión de la empresa AySA para se haga responsable del servicio agua potable y saneamiento básico dentro de las villas de la CABA.

Estos derechos se el art. 3 de la ley N° 3295 en cuanto establece que: » Art. 3°.- La ciudad garantiza a todos sus habitantes el acceso al agua potable en cantidad y calidad suficientes para usos personales y doméstico como derecho humano fundamental». Y en el Derecho Humano Universal al Agua Potable, ratificado como Derecho Humano en nuestro país por el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina el 2 de diciembre de 2014 “Recurso de hecho deducido por Aguas Bonaerenses S .A. en la causa Kersich, Juan Gabriel y otros c/Aguas Bonaerenses S.A. y otros s/ amparo”.
«El Gobierno de la CABA en vez de asumir su responsabilidad como garante de la salud pública y diseñar políticas sanitarias integrales destinadas a combatir el virus del dengue, apela únicamente a las acciones individuales de los porteños y traslada la responsabilidad a los sectores más vulnerables, quienes privados del acceso al agua potable no tienen más alternativa que almacenar en baldes y cacharros el agua que recolectan», denuncia el Frente Territorial Salvador Herrera .

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1 Área Servida de Agua Potable: Es la que cuenta con cañerías del servicio en el frente de los inmuebles del área. Área Servida de Desagües Cloacales: Es la que cuenta con cañerías del servicio en el frente de los inmuebles del área.
2 Área de Expansión: AySA ejecuta los planes de mejoras y expansión que la Autoridad de Aplicación haya dispuesto.

Fuente: Frente Territorial Salvador Herrera

 

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