viernes, abril 19

A FAVOR

LA CORTE SUPREMA DISPUSO QUE SE PRACTIQUE ABORTO NO PUNIBLE

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso hoy suspender la ejecución de una medida cautelar, dictada por la Justicia Nacional en lo Civil, y autorizó la práctica de un aborto no punible que había sido suspendido en el Hospital Ramos Mejía de la ciudad de Buenos Aires.

El máximo tribunal hizo saber a las autoridades porteñas que deberán autorizar la realización del aborto no punible «prescindiendo de la resolución judicial que suspendió su realización», indica el fallo conocido esta noche.

La medida «es la demostración más concluyente del modo en que ha de realizarse por los poderes judiciales de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la exhortación dada por el Tribunal para que se abstengan de judicializar el acceso a los abortos no punibles», expresa el documento.

La resolución de la Corte lleva la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.

El tribunal supremo tomó intervención en el caso a raíz de un conflicto de competencia nacido como consecuencia de una serie de presentaciones realizadas sucesivamente y con resultados contradictorios.

Las presentaciones fueron hechas por la Asociación Civil para la Promoción y Defensa de la Vida (Pro Familia), ante la justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña y, tras el rechazo a su pretensión el 5 pasado, ante la Justicia Nacional en lo Civil, donde obtuvo resolución favorable el lunes último.

Durante esta jornada, el juez Miguel Ricardo Güiraldes, del Juzgado Nacional en lo Civil 56, había hecho lugar a las apelaciones contra el fallo de la jueza que había ordenado la suspensión de la realización del aborto no punible y elevó el expediente a la Cámara Nacional en lo Civil.

La suspensión del aborto legal, que no pudo practicarse ante la judicialización del proceso, generó múltiples denuncias contra el jefe de Gobierno local, Mauricio Macri; la jueza actuante y autoridades del hospital donde estaba internada la mujer.

A esto se sumaron acciones impulsadas desde la Alianza de Abogad@s por los Derechos de las Mujeres que realizará denuncias contra Pro Vida ante el Consejo de la Magistratura y el Colegio de Abogados, según anticipó a Télam, Agustina Ramón Michel, integrante del colectivo.

El jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri fue denunciado penalmente por incumplimiento de los deberes de funcionario público, ya que contó, el 5 de octubre en una cena de Consenso Republicano, cuándo se haría el primer aborto legal en la ciudad y dio detalles de la víctima.

Con esta información, ese mismo día la ONG se presentó ante el juez porteño Guillermo Scheibler, titular del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 14 quien rechazó la medida cautelar mediante la cual se solicitaba que no se realizara la interrupción del embarazo.

La ONG recurrió entonces a la justicia nacional y logró que Myriam Rustan de Estrada, titular del Juzgado Nacional en lo Civil  106 hiciera lugar al pedido e impidiera la práctica del aborto legal en una mujer violada que fue víctima de trata.

La magistrada fue apartada de la causa, denunciada por legisladoras ante el Consejo de la Magistratura, y hoy se declaró competente y concedió los recursos de apelación presentados por la víctima contra el fallo de la jueza y por el Gobierno porteño.

El juez elevó el expediente a la Cámara Nacional en lo Civil para que resuelva los recursos y, en su resolución, Güiraldes recordó el fallo de la Corte Suprema de Justicia que pide a los juzgados civiles no intervenir en casos de abortos no punibles.

En tanto, la Cámara en lo Contencioso Administrativo porteña confirmó el pronunciamiento del primer juez, Scheibler, rechazó la apelación a ese fallo que hizo la ONG y elevó la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación sólo para que «dirima la competencia de magistrados».

Fue entonces que el máximo tribunal de la Nación suspendió esta noche la ejecución de la medida cautelar dictada por la Justicia Nacional en lo Civil y autorizó la práctica del aborto no punible.

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