jueves, abril 25

SANDRA SIGUE EN CAUTIVERIO

La Sala III en lo Penal Contravencional y de Faltas porteña ordenó que continúe la causa judicial contra las autoridades del ex zoológico porteño en resguardo de la orangutana Sandra debido a que “están en pugna derechos básicos de una persona no humana”, de acuerdo a un fallo difundido hoy.
De esta manera los jueces Jorge Atilio Franza, Silvina Manes y Sergio Delgado, integrantes de la Sala III, revocaron una resolución de primera instancia del juez Gustavo Letner, titular del juzgado N° 15 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, del pasado 13 de julio.
En su decisión, el magistrado había declarado la extinción de la acción penal iniciada por Pablo Buompadre, miembro de la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales, en representación de la orangutana Sandra, alojada en el ex zoológico porteño, donde sobreseyó a los encausados.
El 12 de diciembre último, los integrantes de la Sala III decidieron la continuación de la causa “Responsable de Zoológico de Buenos Aires s/ ley 14.346” de Protección Animal en relación a la vida en cautiverio de la orangutana, que había iniciado la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales, informó hoy iJudicial.
«Habiendo la querella demostrado voluntad suficiente de seguir impulsando la acción, y estando en pugna derechos básicos de una persona no humana, corresponde revocar lo resuelto por el Magistrado de grado y ordenar la continuación de las actuaciones”, dijo en su fallo el juez Franza.
El camarista recordó que también el Tercer Juzgado de Garantías de Mendoza reconoció a la mona Cecilia como un sujeto de derecho y autorizó su traslado al santuario de Sorocaba, en San Pablo, Brasil.
Para Franza «no quedan dudas del carácter de persona no humana que ostentan los animales, y que en razón de ello tienen derechos inherentes a dicha categoría de sujetos de derecho, entre los cuales se destacan los de llevar una vida digna, sin apremios físicos ni psíquicos, y especialmente en libertad”.

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